La IVCCU

UNA FARSA PARA DESTRUIR LA ACADEMIA Y LOS DERECHOS LABORALES DE LOS UNIVERSITARIOS

El gobierno venezolano desconoce a la legítima dirigencia sindical y gremial de las universidades para imponer un convenio colectivo anticonstitucional y contrario a la esencia de toda convención colectiva de trabajo, que viola el derecho al salario digno, destruye la carrera académica y acaba con todas las conquistas laborales del sector.

La Constitución nacional y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) núm. 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949, y núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948, han sido nuevamente violados en nuestras universidades públicas.

El pasado 28 de mayo, sin participación de la FAPUV, FETRAESUV, FENASIPRUV, FENASOESV y los Sindicatos de Trabajadores Universitarios no Federados, organizaciones que congregan a más del 90% de los trabajadores universitarios, el gobierno venezolano inició la “discusión” de la IV Convención colectiva de los universitarios con la ftuv, federación afiliada a la Central Bolivariana Socialista de Trabajadores (CBST), absolutamente funcional al partido de gobierno y nada representativa de los universitarios.  

La instalación de esas mesas de negociación con los ministerios del Trabajo, de Planificación y Universitario, fue ampliamente rechazada por los trabajadores universitarios cuyos intereses no estuvieron ahí representados. No obstante, el pasado 28 de julio se anunció la firma del convenio y se dieron a conocer unas tablas salariales cuyo salario más elevado, el de profesor titular a dedicación exclusiva, es de once dólares ($ USA 11), cuyo valor se reduce cada día con la devaluación de nuestra moneda.

LA DESTRUCCIÓN DE LA RACIONALIDAD ACADÉMICA Y LA DEGRADACIÓN DEL SALARIO

Oficialmente, de la IV CCU solo se ha dado a conocer la tabla salarial y un instructivo enviado a las universidades que resultó peor a lo que se venía pagando desde el mes de mayo. Lo primero que evidencia la tabla es que no hubo discusión de la cláusula salarial en la supuesta negociación colectiva, ya que la tabla es la misma que viene imponiendo el gobierno unilateralmente a partir de 2018, que consiste en equiparar el primer salario, el de obrero 1, al salario mínimo, y construir la tabla a partir de ahí aplicando la interescala aplanada, impuesta también por el gobierno, mediante el memorando 2792, del Ministerio del Trabajo. Una convención colectiva sin negociación de la cláusula salarial es, en Venezuela y en cualquier lugar del mundo, una farsa total. Por eso afirmamos que la IV CCU no es una convención sino una patraña, de la misma manera que la tabla no es salarial, sino un fraude a los universitarios.

Además, la fijación del salario mínimo, que determina toda la tabla, se hace sin consultar con las organizaciones de trabajadores, violando el convenio 26 sobre salario mínimo de la OIT, con alevosía, para no remunerar el trabajo en la administración pública.

A continuación, en el cuadro 1, comparamos el salario impuesto a través de la IV CCU con el salario conquistado, veinte años antes por FAPUV, a través de las Normas de Homologación.


En este cuadro se comparan los salarios de la IV CCU negociada en 2021 por la ftuv con el gobierno de Nicolás Maduro, con las NORMAS DE HOMOLOGACIÓN, negociadas por FAPUV con el gobierno de Hugo Chávez en el año 2001. En él, se advierte una interescala que estimula el ascenso y la carrera académica en 2001, vs una interescala disminuida, en perjuicio de la carrera académica, en 2021. Salta a la vista la desaparición del salario como justa contraprestación por el trabajo en la IV CCU. El profesor de mayor escalafón y dedicación pasó de dos mil seiscientos cincuenta y nueve dólares al mes en 2001 a once dólares al mes en 2021: una diferencia abismal. De esos once dólares para abajo es, hoy, la “remuneración” de todos los demás.

De acuerdo con la CRBV los derechos laborales son progresivos. Las Normas de Homologación solo pueden ser sustituidas por acuerdo entre las partes, por un instrumento mejor. Lo que se ha hecho es todo lo contrario: la imposición de un instrumento peor para acabar con las conquistas socioeconómicas y la calidad de vida de los universitarios.

De este modo el gobierno viola el artículo 91 de la CRBV, garante de la suficiencia del salario, el cual establece la revisión anual del salario mínimo vital tomando como referencia el costo de la canasta básica; viola igualmente el artículo  102 de la CRBV, que obliga al Estado a asumir la educación “como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad”, ya que lo que ha hecho al negarse a remunerar el trabajo en el sector es retirarse de esa obligación. Y viola igualmente el art 104 de la CRBV según el cual, el Estado debe garantizar la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente “en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión”.

Y por supuesto, viola el artículo 13 de las Normas de Homologación que establecen el ajuste de las tablas de sueldos y beneficios adicionales del personal docente y de investigación de las universidades nacionales, cada dos años, por parte del Consejo Nacional de Universidades (CNU) en consulta con FAPUV, “tomando en cuenta como criterio para su modificación el índice promedio del costo de la vida durante los dos años anteriores”, y cuya vigencia reivindicamos.

No conforme con eso, en las disposiciones finales del documento de la IV CCU, se prohíbe el acuerdo de nuevos beneficios a través de actas convenio u otros instrumentos entre las universidades y gremios y sindicatos. Eso dificulta la actuación de las universidades para garantizar remuneraciones adicionales, dadas las circunstancias, aunque los recursos provengan de ingresos propios. Es una camisa de fuerza que hay que romper, porque también se establece que no se pueden introducir nuevos proyectos contractuales, aunque esta convención sea una farsa. Estas disposiciones demuestran la confabulación del gobierno y su federación apéndice para tratar de impedir la demanda de reivindicaciones por parte de los universitarios, y así mantenerlos en la miseria.

OTROS CONCEPTOS ANTICONSTITUCIONALES

El atentado oficialista contra la Universidad no se trata solo del salario o, mejor dicho, de la ausencia de salario para su personal. Por las redes sociales ha sido distribuido un mamotreto, calificado como definitivo, con muchas similitudes y algunas diferencias con el proyecto difundido por la federación creada y controlada por el ministerio. Dicho documento no cumple con la doctrina de la negociación colectiva, que estructura los contratos en cláusulas económicas, administrativas, sindicales y gremiales, sino que está constituido por un rosario de 92 cláusulas en 8 módulos.

1. Desconocimiento del derecho a la negociación colectiva.

El rechazo de FAPUV a la IV CCU en su totalidad, por anticonstitucional, es unánime. La imposición de esta convención constituye un grave incumplimiento por parte del Estado del artículo 96 de la CRBV que garantiza el derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo; y del Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, ratificado por nuestro país (G.O N°28.709 Extraordinaria del 22/08/68), que es uno de los ocho convenios considerados como derechos fundamentales del trabajo.

Como se pudo advertir en el cuadro 1, la sustitución de las Normas de Homologación por la modalidad de contrato único, que ha sido utilizada para impedir que el gremio representativo de los profesores universitarios discuta sus condiciones de trabajo y remuneración, ha destruido todas las conquistas laborales y calidad de vida de los universitarios. El abismo entre los resultados de uno y otro instrumento es colosal. Con el argumentode unificar las condiciones de trabajo de todo el personal del sector de educación universitaria, el gobierno acabó con la negociación colectiva y la libertad sindical de los trabajadores y de las organizaciones sindicales y gremiales que los representan al promover una organización paralela y nada representativa, que funciona como tentáculo del ministerio.

El argumento tradicional del gobierno para no discutir con las federaciones mayoritarias del sector universitario ha sido la mora electoral. Se nos niega el derecho a la negociación colectiva por no haber podido renovar las directivas de nuestras organizaciones, aunque eso responda a las restricciones de que se ha valido el Consejo Nacional Electoral (CNE) para imposibilitar las elecciones sindicales y gremiales. La Comisión de Expertos y la Comisión de Encuesta de la OIT han reprochado el mecanismo de “mora electoral” en sus observaciones al cumplimiento del Convenio 87 de libertad sindical, pero el gobierno insiste. Sin embargo, la federación oficialista, creada en el ministerio del trabajo el 1º de mayo de 2015, jamás ha hecho elecciones y con ella usurpando la representación de los trabajadores, el gobierno sí “negoció” la IV CCU.

Con esta nueva violación al derecho a la negociación colectiva de los universitarios, además de incumplir los citados convenios y las recomendaciones de la Comisión de Expertos, y de la Comisión de Encuesta de la OIT, el gobierno desconoce las últimas dos reuniones del Consejo de Administración de la OIT, donde se le ha exhortado a dejar de atropellar a los trabajadores de Venezuela y a respetar y cumplir los convenios internacionales suscritos por la nación en esta materia.

2. Desnaturalización de lo que es un contrato colectivo de trabajo

El documento de la IV CCU desnaturaliza el propósito y alcance de una convención colectiva, y es inaceptable en su forma y contenido. Veamos algunos de sus despropósitos:

  • El llamado módulo de desarrollo productivo (módulo 1) le concede a la ftuv cometidos de gestión y formulación de políticas para los cuales no tiene competencia, y que en algunos casos contrarían a la Ley de Universidades. Según esto, por poner un ejemplo, van a desarrollar un “modelo científico y tecnológico” para “la construcción del modelo productivo socialista”, en abierta contradicción con el artículo 102 de la CRBV que establece taxativamente que la educación es un servicio público y se fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento. El propósito real de este módulo es intervenir espacios fundamentales de las universidades, usando a la ftuv como caballito de Troya.
  • El llamado módulo de defensa integral de la nación (módulo 2) es completamente improcedente en una convención colectiva, y pasa también por la violación de la autonomía universitaria. Ni nuestras asociaciones de profesores ni el movimiento sindical en general tienen nada que hacer con la supuesta unión cívico militar de que se habla en la cláusula 10, pero que no contempla nuestra Constitución; mucho menos con la conformación de cuerpos de combatientes, así como tampoco con la promoción de actividades militares en las instituciones universitarias. No solo nos negamos a aceptar la sustitución del birrete por una gorra militar, sino que rechazamos la creación de este tipo de organización paramilitar en nuestras universidades, y denunciamos que su finalidad es la represión a nuestras luchas por la universidad autónoma y de calidad.

A la vez que incorpora políticas y cometidos que nada tienen que ver con cuna convención colectiva de trabajo, el documento de la IV CCU deja de lado la grave crisis social que sufren los universitarios en el actual contexto de hiperinflación y emergencia humanitaria compleja.

  • El llamado módulo social (módulo 3), desde el punto de vista de las acciones necesarias que demanda la emergencia humanitaria compleja que sufre nuestra sociedad y golpea especialmente a los universitarios, no aporta ninguna solución real, significativa. Lo que sí hace es crear un “estado mayor de salud universitario” para meter a la ftuv en la gestión ministerial del sistema de salud. Mientras el módulo 4 de desarrollo integral del trabajador le entrega a la ftuv la dirección de una escuela “del servidor público y dirección universitaria” ¿Qué irán a enseñar ahí?
  • En relación con los ajustes de la pensión de jubilación, el documento de la ICV CCU desconoce el artículo 68 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, que establece que las pensiones mantendrán su poder adquisitivo constante. El cuadro 1 sobre salarios refleja, en la columna correspondiente al año 2001, lo que significaría restituir a valor presente el monto de las jubilaciones y pensiones. En Venezuela se perdió el derecho a la jubilación ya que nadie puede vivir con los montos que se cancelan, por lo que luego de su jubilación el trabajador debe buscar otro trabajo para su manutención. Pero llega una edad en que esto ya no es posible, razón por la cual los jubilados y pensionados del sector universitario, han sido arrastrados por el gobierno y su federación a la pobreza más extrema.   No hay en el documento de la IV CCU medida alguna para atender esta grave situación, a pesar de su urgencia.
  • Al igual que el salario y las pensiones, la hiperinflación acabó con las prestaciones y los ahorros. En el módulo 7, la IV CCU repite lo que establecen los artículos 142 al 144 del DLOTTT, y promete leer una propuesta de la ftuv para restituir su valor. ¿No se supone que estaban negociando para hacer realidad las propuestas? El desfalco al patrimonio de los universitarios, al ahorro de miles de vidas completas de trabajo merece respuestas efectivas, acuerdos urgentes, en la grave situación social actual. Eso sí es una función inherente a una negociación colectiva. El robo de las prestaciones sociales es desestimado por la IV CCU

La insistencia, que se observa a lo largo del documento, en incluir objetivos que nada tienen que ver con un convenio de trabajo o con la actividad sindical, es parte de una política, de un proyecto autoritario y militarista, cuya más relevante manifestación normativa la encontramos en el Decreto de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (DLOTTT) que estableció esa clase de objetivos, los cuales han sido expresamente criticados por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT en sus observaciones relativas al Convenio 87. Y la exclusión de objetivos fundamentales de una convención de trabajo como lo son el salario, las jubilaciones y las prestaciones sociales, que la IV CCU deja como estaban a pesar de la emergencia social, es la mejor demostración que esa IV CCU no es una convención colectiva de trabajo sino una mascarada. 

3. Destrucción de la carrera académica

En el documento de la IV CCU, el gobierno asienta como propósito la violación a la libertad de pensamiento como derecho humano y político, y al principio de universitas, que es la esencia de la Universidad, cuando señala que las universidades estarán alineadas con el pensamiento socialista. Así mismo, le concede a la federación oficialista poderes plenipotenciarios para desconocer la esencia de lo que es un profesor universitario, destruir la carrera académica y violar la autonomía universitaria.

  • El documento de la IV CCU, en sus definiciones (cláusula 1) elimina la figura de los profesores universitarios y habla de “trabajadores docentes y de investigación”. Ocurre que los profesores universitarios hacemos investigación, docencia, extensión, además de administración de la academia. Todo eso lo resume la hermosa frase “profesor universitario” usada en todos los estamentos nacionales e internacionales referidos al personal docente y de investigación de las universidades, en la vigente Ley de Universidades (LU), los reglamentos internos de las universidades, los acuerdos federativos (Normas de Homologación) y las actas convenio institucionales; además, fue ratificada en la II CCU.
  • El documento de IV CCU “definitiva” le entrega a la desprestigiada ftuv, vale decir, al PSUV, la participación en la confección del calendario académico (cláusula 42), en la convocatoria y organización de concursos para el ingreso del personal docente (cláusula 46) y en la elaboración de los reglamentos de ascenso del personal docente (cláusula 50). Esto es inaceptable desde todo punto de vista. La pretendida intromisión de la ftuv, en la toma de decisiones en cuanto a la administración de la academia, amenaza la autonomía universitaria, la carrera académica y la calidad de la labor de investigación, docencia y extensión en nuestras universidades. La clara intervención del gobierno con este invento es El gobierno utilizar a la ftuv para intervenir y violar la autonomía universitaria aparentando que esa intervención es un derecho que canaliza una organización sindical.

4. Apropiación indebida del patrimonio de los universitarios por parte de la federación del gobierno.

La federación creada y mantenida por el gobierno se prepara para apropiarse indebidamente del dinero de previsión social de todas las universidades. Para ello, a través del art 59-60 le entregan el 5% de previsión social a la ftuv, “para sus gastos administrativos” para el año 2021 y 7% para el año 2022, mientras a través de la plataforma patria, con el secuestro de la nómina, confiscan los aportes que los profesores les damos a nuestras asociaciones, además de los aportes de la caja de ahorro.

La creación del Instituto de Previsión Social para los Trabajadores Universitarios para gestionar todo lo referente al tema de la salud, los servicios funerarios, la alimentación, la vestimenta, la atención para el deporte, la cultura y otros temas dirigidos a la protección de los trabajadores universitarios, se establece en la Cláusula # 28,  y es muy grave que disponga que una federación patronal y de maletín, sin presencia en la mayoría de nuestras universidades, maneje a discreción  los recursos de previsión social de todos los universitarios. Esta cláusula es excluyente y regresiva, antigremial y anticonstitucional.

A MANERA DE CONCLUSIÓN

El análisis precedente deja bien claro que el verdadero propósito de impedir la negociación de las condiciones de trabajo de los profesores universitarios por su organización gremial legítima que es FAPUV, es la imposición de la miseria, la destrucción de la carrera académica y, con ella, la destrucción de la Universidad Autónoma.

Para que haya una verdadera negociación colectiva hay que hacer hincapié en la participación de las federaciones mayoritarias de profesores, empleados y obreros, y en la revisión del tema salarial que restituya el valor de los salarios, hoy completamente destruidos. Y deben participar también las universidades, representadas por sus autoridades, porque la universidad venezolana es autónoma, y esa autonomía es de carácter pleno y originario.El MPPEU solo es el patrón en los Institutos y Colegios Universitarios, ya que el personal firma su contrato con el Ministerio. El diálogo que conduzca a una verdadera convención debe ser, por ende, tripartito.

En consecuencia, el gremio insiste en el llamado a las autoridades universitarias para que no se limiten a aplicar la IV CCU sin pronunciamiento ni lucha alguna.  La autonomía universitaria, la calidad y equidad de acceso a la educación y los derechos laborales y condiciones de vida y de trabajo de los universitarios son demandas fundamentales que deben ser enarboladas y defendidas por toda la comunidad universitaria.

Junta Directiva

ES FAPUV UNA TIERRA DE HORIZONTES ABIERTOS, EN LA CUAL SE SIEMBRAN LUCHAS Y SE COSECHAN DERECHOS

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2 comentarios sobre “La IVCCU

  1. «el gremio insiste en el llamado a las autoridades universitarias para que no se limiten a aplicar la IV CCU sin pronunciamiento ni lucha alguna».
    A pesar de lo grave de la situación, éste tipo de llamado tan débil, lo que puede generar es otro comunicado más de las autoridades universitarias venezolanas. De allí no mucho más.
    Las acciones deben equipararse a la gravedad del asunto.

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