Este jueves 21 de noviembre, día del estudiante en Venezuela difundimos esta investigación realizada por Keta T. Stephany Ruíz profesora en la Escuela de Trabajo Social y en el Doctorado de Salud Pública de la Universidad Central de Venezuela (UCV), y Secretaria de Actas, Memoria e Información de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV).
Una investigación que nos presenta la realidad actual de las universidades públicas sometidas a permanente hostigamiento por parte de Maduro y su cúpula. Analiza como la Emergencia Humanitaria Compleja que atraviesa Venezuela impacta de manera muy negativa en distintas áreas del acontecer universitario.
La profesora Stephany igualmente nos presenta la otra cara de las universidades: la que resiste, la que lucha, la universidad que no se arrodilla y pese a la represión defiende su autonomía, exige reivindicaciones y mantiene con muchas dificultades su labor académica, porque comprenden sus autoridades, estudiantes, profesores y empleados que mantener abierta la universidad ya es un acto de rebeldía y resistencia contra la opresión y el oscurantismo.
Si usted desea descargar la investigación, puede hacerlo ingresando al siguiente documento PDF diseñado para su difusión.
Las
Universidades y sus comunidades, así como los gobiernos de turno, estamos en
mora con el país desde hace varios años, ante la necesidad de reformar o
sustituir la Ley de Universidades,
vigente desde 1958.
Derrocada la dictadura de Pérez
Jiménez, en 1958, mediante decreto ejecutivo de la Junta de Gobierno presidida
por el universitario doctor Edgar Sanabria se promulgó la Ley de Universidades,
sobre la base del proyecto preparado por un grupo de distinguidos profesores de
la Universidad Central de Venezuela. Esta Ley de 1958, parcialmente reformada
en 1970, sigue siendo la base de la legalidad establecida en el país para las
universidades autónomas pero no para el conjunto de Instituciones de la educación
superior que tenemos hoy, totalmente heterogéneo.
Varias Propuestas, Ante-Proyectos y
Proyectos se han presentado desde hace varios años pero no se han consolidado.
Podemos citar
Proposición
para la Nueva Ley de Universidades, año 2001, Dr. Luis Fuenmayor Toro.
Proyecto
de Ley de Educación Superior, año 2008, presentado por un grupo de profesores y
estudiantes de la UCV y de la UCAB.
Proyecto:
Autonomía de Ley de Educación Superior, año 2004, Comisión UCV/AVERU.
Ante-Proyecto de Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Educación Superior, año 2016, Ex -Rectores de la ULA.
Este régimen, con la intervención de
Universidades, la creación de nuevas Universidades y la Transformación de
Institutos y Colegios Universitarios en Universidades Politécnicas Territoriales
ha generado una serie de problemas. Todo esto ha sido con el objetivo claro de aumentar sus cuotas de
poder en el Consejo Nacional de Universidades (CNU) y de tratar de imponer el
pensamiento único a través de la Educación, en Instituciones que puedan manejar
a su antojo. No para resolver un problema social ni porque ve a la Educación
como un derecho humano fundamental.
Se han creado y desarrollado un gran
número de Instituciones de Educación Superior sin un instrumento normativo que
las regule desde el punto de vista administrativo y académico; atendiendo
exclusivamente a las disposiciones emanadas del Poder Ejecutivo Nacional, lo
que representa un grave riesgo para su autonomía funcional y sobre todo para la
libertad académica y de investigación.
Hoy, existe una amplia gama de
Instituciones de Educación Superior entre las que podemos mencionar:
Institutos
Universitarios públicos y privados.
Colegios
Universitarios públicos y privados
Universidades
públicas: nacionales, regionales, estadales y municipales.
Autónomas
Experimentales
Nacionales Experimentales
Pedagógicas Experimentales
Experimentales Politécnicas
Politécnicas
Territoriales
Intervenidas
(mención especial)
Institutos
de Altos Estudios, Militares y Civiles.
Universidades
privadas.
Dependencias
de Universidades Extranjeras.
Centros
de Investigación.
De este gran grupo solo 11
Universidades tienen autoridades electas y disfrutan de una autonomía relativa,
que se encuentra gravemente amenazada. Una escalada intervencionista,
progresiva, contra la autonomía universitaria desde hace 20 años ha venido
cercenando funciones exclusivas de los Consejos Universitarios y/o Directivos
de las Universidades Nacionales. Con la ilegitima Sentencia 0324 dictada por el
espurio TSJ y publicada el 27 de agosto de 2019, se pretende dar la estocada
final a nuestra autonomía.
AUTONOMÍA UNIVERSITARIA.
La Autonomía Universitaria consagrada
en la Constitución venezolana desde el año 1999 representa el Principio
indispensable para todas las Instituciones de Educación Superior y no puede ser
utilizada de acuerdo a la conveniencia de los gobiernos de turno.
“TODAS LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN
SUPERIOR DEBEN SER AUTÓNOMAS”
La Constitución de 1999 otorga
directamente funciones normativas de primer grado (función legislativa) y
funciones administrativas a las Universidades Autónomas, como personas de
derecho público no territorial, según lo señalado en el Artículo 109.
Artículo 109 “El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y
jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, egresados
y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a
través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para
beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas
se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración
eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales
efectos establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para
planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de
investigación, docencia y extensión. Se establece la inviolabilidad del
recinto universitario. Las universidades nacionales experimentales
alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley”.
Del Artículo citado se evidencia que el
constituyente otorgó a las Universidades autónomas una asignación originaria de
funciones legislativas y administrativas. A partir de la Constitución de 1999,
las Universidades cambian de status jurídico y pasan de entes descentralizados
funcionalmente dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, a entes
centralizados, con estatus constitucional e independencia. Así lo expresa la Dra.
Galsuinda Parra M. LUZ, en su libro ”Edificando la Nueva Universidad”,
publicado en el año 2011.
Antes de la Constitución de 1999, las
funciones y la autonomía de las Universidades les venían dadas a través de la
Ley de Universidades con sujeción al Poder Ejecutivo Nacional. Luego de la
Constitución de 1999 las Universidades
son receptoras directas del poder público en el ámbito de la Educación
Superior, por consiguiente la competencia que tienen en materia de Educación
Superior es originaria y exclusiva.
¿Necesitamos una Ley de Educación
Universitaria o una Ley de Educación Superior? Es una discusión que debemos dar
de manera urgente. En tal caso debemos hablar de una Ley de carácter Orgánico.
Según el Dr. Moíses Troconis
Villarreal, Ex -Magistrado de la Sala Constitucional:
“En Venezuela, el régimen normativo
debe ser fijado por las universidades autónomas, a través de un acto de
ejecución directa e inmediata de la Constitución, sin mediación de ley
alguna”….”Por tanto, la competencia de las universidades autónomas para dictar
sus propias normas de gobierno, funcionamiento y administración, salvo las
relativas al control y vigilancia de la administración de su patrimonio, no
puede ser invadida ni usurpada por el legislador ordinario, la Asamblea
Nacional, pues ello significaría la violación directa del mandato contemplado
en el artículo 109 constitucional”.
De todas maneras, desde FAPUV, como
gremio que tiene la responsabilidad de defender y representar a los Profesores Universitarios a
nivel nacional y de consolidar la función rectora de la Universidad, en
cualquier ámbito de discusión, en una Ley debemos incorporar aspectos
relevantes. Aquí algunas propuestas:
Incluir
el ejercicio pleno de la autonomía universitaria como un principio exclusivo de
las Universidades venezolanas. Siempre tomando en cuenta los estándares
internacionales de Libertad Académica y Libertad de Cátedra.
Dejar
establecido que todas las Universidades deben ser Autónomas, Democráticas, Plurales
y Libertarias.
Dejar
establecidas las condiciones para los aumentos salariales y otros beneficios
socio-económicos, indexados, de los profesores universitarios y de todos los
trabajadores profesionales, administrativos y obreros. Todo en acuerdo con el
texto constitucional.
El Régimen de
seguridad social del personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales amparará a los
miembros del personal académico y a sus familiares calificados, en las
contingencias de enfermedad o accidente cualquiera sea su origen, maternidad,
incapacidad temporal, incapacidad parcial, invalidez, muerte, sobrevivencia,
jubilación y cualquier otra contingencia que pueda ser objeto de previsión
social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades
de ahorro, vivienda, recreación y formación académica y otro tipo de necesidad
susceptible de ser prevista.
El régimen de
seguridad social, en correspondencia con las contingencias cubiertas y programas
previsionales, debe garantizar Servicios Sociales de Atención a los Profesores
Jubilados y Pensionados de edad avanzada e incapacitados para valerse por si
mismos.
Propiciar la
activación y sostenimiento de un proceso integral para el desarrollo de la
carrera académica, a fin de garantizar la formación y consolidación del
personal académico de las Instituciones.
Propiciar un
sistema de carrera para el personal profesional, administrativo y obrero que garantice su desarrollo y estabilidad.
Establecer políticas
y programas para el desarrollo de la asistencia
integral a los estudiantes, garantizando el financiamiento por parte del Estado venezolano a través de las Universidades Nacionales.
Desarrollar la
investigación y la docencia de postgrado como áreas fundamentales para el
desarrollo de la Educación Superior, a través de la asignación de recursos
suficientes por parte del Estado.
Promulgar una Ley de Presupuesto y una Ley de Financiamiento
para las Instituciones de Educación Superior.
PONENCIA: Prof. Lourdes Ramírez de Viloria
FAPUV
Presentada en el Encuentro Nacional
Estudiantil sobre “Libertad Académica, Autonomía y Derechos
Universitarios” Auditorio del IPP-APUCV
18 de noviembre de 2019.
Paramilitares oficialistas junto junto con la Policía Nacional Bolivariana y la Guardia Nacional Bolivariana amanecieron con la Plaza Morelos de Caracas tomada. Los universitarios debimos relegarnos por las amenazas.
Alrededor de 500 paramilitares motorizados rodearon la Plaza.
Por cuestiones de seguridad decidimos diferir la actividad para evitar enfrentamientos y agresiones.
Al sector estudiantil le solicitamos que no asistieran con el fin de protegerlos y evitar las agresiones contra ellos que son los que han venido poniendo los presos y los muertos.
Vivimos hoy una mala experiencia pero insistiremos en ejercer nuestro derecho humano y constitucional a la protesta.
Hoy, la lucha de los docentes de los distintos subsistemas de la educación pública en Venezuela, representa las aspiraciones de la inmensa mayoría de las familias en Venezuela, sometidas a salarios de hambre y a quienes el ejecutivo nacional nos ha despojado, por la vía de los hechos del derecho a la educación de calidad, del derecho a la salud, del derecho al voto y del derecho a la protesta..
Con los distintos sectores de la comunidad universitaria, con el Magisterio y con todos los venezolanos de bien que quieran sumarse, continuaremos dando la pelea por nuestros derechos y reivindicaciones
El lunes 4 de noviembre de 2019 se cumplió con la Rueda de Prensa convocada por el sector universitario.
Ante la presencia de numerosos e importantes medios de comunicación social, cumplimos la jornada prevista.
El Br. David Sosa, Presidente de la FCU-UCV, inició la intervención de los voceros, como representante del sector estudiantil. Luego, Zamantha Méndez en representación de los profesionales en funciones administrativas y técnicas; Freddy Marcano a nombre del personal administrativo y obrero; cerrando con la Prof. Lourdes Ramirez de Viloria, en representación de FAPUV y el Prof. José Gregorio Afonso por APUCV.
Se denunció ante Venezuela y el mundo, la situación crítica que viven las Universidades nacionales, la violación de los derechos de los trabajadores y el secuestro de las. providencias estudiantiles.
Se habló del inconstitucional Plan Estratégico del MPPEU; de la propuesta maquiavélica de proyecto de CCU de los trabajadores y por supuesto, se profundizó en la grave amenaza que representa la sentencia 0324 para la intervención definitiva de nuestras universidades.
Todos los voceros fueron enfáticos en la defensa de la Universidad y su autonomía, de la institucionalidad, de los derechos laborales, de las providencias estudiantiles y del derecho a una educación de calidad, a la salud y al trabajo, como derechos fundamentales de la familia venezolana.
Se ratificó que la educación y la universidad representan la esperanza del pueblo para el ansiado y necesario cambio en la administración política del país y para lograr la recuperación de Venezuela.
Se invitó a las diferentes organizaciones sindicales y gremiales de trabajadores, y a la sociedad civil, en general, a acompañarnos el día martes 5 de noviembre, a las 10 a.m., en la puerta Tamanaco de la UCV, a la inauguración del «Mural Universitario», elaborado como un «sentido y merecido homenaje a los estudiantes caídos en la lucha por la democracia venezolana».
Y el día miércoles 6 de noviembre, a partir de las 9 a.m., en la concentración en la Plaza Morelos, para denunciar públicamente lo destrucción de la educación, la salud y el trabajo, por parte del nefasto régimen usurpador, y su intención de intervenir las universidades con el fin de convertirlas en un reducto del pensamiento único que pregona la tiranía.