
La Federación de Asociaciones de Profesores de Venezuela FAPUV rechaza el instructivo ilegal que, con ocasión del decreto unilateral de ajuste del salario mínimo, se ha enviado a las universidades públicas para la elaboración y pago de la nómina, el cual fue elaborado a espaldas de la comunidad universitaria y de sus federaciones mayoritarias, violando el derecho a la negociación colectiva y la libertad sindical.
En dicho instructivo, el ejecutivo nacional impuso, una vez más, la reducción de las interescalas, de las primas y demás beneficios con carácter salarial del sector universitario, de manera unilateral y arbitraria, completamente al margen de la ley, y violando la progresividad e intangibilidad de los derechos y beneficios laborales (art. 89 de la CRBV) así como convenios internacionales de protección del trabajo suscritos por Venezuela tales como el convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26), el convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) y el convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87).
En relación con las tablas salariales, la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) redujo la distancia entre cargos (inter-escala) de obreros y empleados administrativos, generando la disminución en alrededor del 40% de los salarios de todos los sectores. En consecuencia, el profesor titular pasa a ganar lo que sería el sueldo de un profesor instructor si ONAPRE no hubiera mutilado la tabla de la manera en que lo hizo.
Las primas y demás beneficios salarizados que, con la tabla se salario básico constituyen el salario normal, también fueron reducidos a través de la modificación de la fórmula de cálculo. Es así como la prima de actividad universitaria fue reducida de 25% a 12,5% y la prima familiar de 40% a 10%. De la misma manera, la prima doctoral pasó de 60% a 40%, la de Maestría de 50% a 35%, y la prima de Profesor Titular fue eliminada, para desestimular el estudio, el ascenso y el desarrollo de la carrera académica.
El cálculo de la Prima de Antigüedad, que en la universidad se hace multiplicando 2% por el número de años de servicio, fue homologado al de la administración pública, lo que reduce significativamente su monto. No conformes con esta reducción, se le impuso un techo de 30% a dicha prima. La prima de antigüedad es un beneficio que premia la permanencia, destruirlo fomenta el éxodo de los trabajadores de mayor antigüedad, en un momento en que la Universidad venezolana tiene serias dificultades para captar y retener el talento debido a las precarias condiciones de trabajo y remuneración.
Beneficios como becas, prima por hijos, útiles escolares, tan importantes en esta circunstancia en que el salario no cubre ni siquiera la canasta alimentaria, fueron llevados al irrisorio monto de Bs. 12,50 y otros bonos fueron simplemente eliminados.

Con esta arremetida antiuniversitaria, el ejecutivo nacional insiste en su política de destriucción de los derechos constitucionales y humanos a la educación, al trabajo, al salario digno, a la negociación colectiva y a a libertad sindical. En consecuencia, acordamos:
- Convocar a concentraciones y asambleas intergremiales en nuestras instituciones durante la semana del 27 de marzo al 1º de abril
- Ratificar que, en ausencia de las condiciones de trabajo y remuneración indispensables para la realización de la actividad académica, NO SE PUEDE OBLIGAR A LOS UNIVERSITARIOS A PRESTAR SERVICIOS.
- Articular con los demás gremios y sindicatos universitarios, colegios universitarios, organizaciones sindicales de otros sectores laborales y organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil la DEFENSA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE CALIDAD Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
- Solicitar a los consejos universitarios que aprueben una resolución o acuerdo en el cual reconozcan y ratifiquen la vigencia de la fórmula de cálculo de las primas de antigüedad, doctoral y de maestría, así como la prima de titularidad.
- Exigir a las autoridades universitarias que, en virtud de la situación de EMERGENCIA HUMANITARIA COMPELJA en nuestras universidades, se ABSTENGAN de perseguir, intimidar, hostigar y sancionar A LAS VÍCTIMAS DE DICHA EMERGENCIA.
- Introducir una queja formal ante la OIT por violación de los convenios 98 y 87 suscritos por Venezuela.
Junta Directiva
“ES FAPUV UNA TIERRA DE HORIZONTES ABIERTOS, EN LA CUAL SE SIEMBRAN LUCHAS Y SE COSECHAN DERECHOS”
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